MADRID, España.- Durante el año pasado, en la comunidad de Madrid, el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) fuerza de la guardia civil española y que se encarga, entre otros, de la conservación de los recursos hídricos investigó el robo de 915,744 euros, equivalentes al volumen de 646.899 metros cúbicos. En total se presentaron 64 denuncias en contra de igual número de personas.
Fue en el año 2005 cuando el Canal de Isabel II (que es el Organismo Operador que gestiona, comercializa, abastece y trata el agua en la Comunidad de Madrid) decidió crear un departamento especial contra el fraude. Desde entonces y hasta 2013, la entidad dependiente de la Comunidad de Madrid, ha interpuesto cerca de 700 denuncias por conexiones ilegales (el método más común, pero no el único), lo que equivale a una media de 80 expedientes anuales. En todo este tiempo, la empresa ha recuperado 3,2 millones de euros.
Los mandos del Seprona madrileño explican que existen dos métodos para defraudar agua, el primero son los pozos ilegales (el año pasado se detectaron doce, sobre todo en fincas privadas), que son los casos menores en número, aunque hay que tener en cuenta que el valor del agua subterránea es el mismo que de la que procede de los embalses; y el segundo que se conoce como enganches o tomas ilegales».
El Seprona investiga a instancias del Organismo Operador. Los casos se dan tanto en residencias como en establecimientos comerciales, talleres o en viviendas unifamiliares; también en algunas fincas agrícolas, y en todos los estratos sociales.
Las investigaciones son más complejas de lo que parece. El Canal de Isabel II cuenta con un georadar para detectar conducciones subterráneas. Cuando detectan un caso irregular, acuden al Seprona, ponen la denuncia y hacen una estimación, en función del diámetro de la tubería y del tiempo que puede llevar practicándose el fraude. Es lo que se llama el cubicaje.
Una vez que los guardias civiles realizan la inspección ocular y comprueban la ilegalidad del caso, se suspende la toma.
Hay circunstancias en las que el Canal no llega a esos extremos, aquellas en las que los supuestos «ladrones» son, por ejemplo, una familia con hijos a la que no se puede cortar el agua, por ser un bien de primera necesidad.
El Seprona levanta un acta «in situ», realiza un reportaje fotográfico y denuncia, pero no detiene, excepto en casos excepcionales. El Código Penal, en su artículo 255 («De las defraudaciones de fluido eléctrico y análogas») establece penas de multa cuando el fraude es superior a 400 euros (es decir, cuando pasa de falta a delito).