AGUASCALIENTES, Ags.- Por no cumplir con el procedimiento previsto en la propia Ley Estatal de Aguas y el Título de Concesión, la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado, declaró nulos los cobros que pretendía imponer CAASA al Instituto de Educación de Aguascalientes, por un global de 7.5 millones de pesos, por concepto del cobro de agua a las escuelas públicas de la ciudad.
Según los expedientes 1495/2011 y 4465/ 2013, la concesionaria requería al Instituto de Educación pagos por 6.7 millones y 721 mil pesos, respectivamente, por la prestación del servicio de agua a más de 1,400 escuelas distribuidas en todo el Estado.
En dos resolutivos, emitidos en su sesión del pasado viernes -por unanimidad de los tres Magistrados- y publicados ayer en estrados, la SAE estableció que en ambos cobros Caasa incumplió el procedimiento administrativo para requerir los pagos correspondientes y proceder a su ejecución.
Por tener Caasa carácter de autoridad -toda vez que presta un servicio público en nombre del Ayuntamiento de la capital-, no podrá apelar el veredicto de la SAE ante ninguna instancia superior, y por consiguiente quedarán firmes.
No obstante este fallo y severo revés jurídico, la concesionaria mantendrá sus facultades legales para aplicar los cobros respectivos al sistema educativo, siempre y cuando cumpla con el procedimiento previsto en la propia Ley Estatal de Aguas y el Título de Concesión.
Esto es, que CAASA deberá publicar las tarifas de agua potable vigentes y comprobar los excedentes que, según sus mediciones, aplica y cobra a los planteles educativos públicos una vez cubierta la cuota por alumno por escuela, según la sentencia.
Consultado sobre el fallo del magistrado presidente de la SAE, Enrique Franco Muñoz, confirmó el sentido de la sentencia en ambos juicios, y se limitó a decir que aquellos quedan firmes, por lo que los cobros demandados por CAASA al IEA, quedan sin efecto.
El titular de la SAE puntualizó que en ambos fallos se tomaron en consideración el incumplimiento por parte de la concesionaria, para requerir los pagos de agua por parte de las escuelas públicas.
Este criterio, dijo, fue compartido en forma unánime por los tres magistrados que conforman la SAE, si bien dejó en claro que la sentencia no inhabilita a CAASA para aplicar cobros al sistema educativo, siempre y cuando se apegue estrictamente al procedimiento legal.